La infabilidad de la Iglesia salvaguarda de la salvación eterna

En el anterior escrito acerca de la notas características de la verdadera Iglesia Católica, se demostró contundentemente que la iglesia modernista del Vaticano II, no es la verdadera Iglesia de Cristo, porque carece de dichas notas.

Ahora, en este artículo, se estudiará sobre una de la prerrogativas de la Iglesia, que es la Infalibilidad, esta propiedad al igual que las notas características de la Iglesia, nos demuestran que la iglesia modernista postconciliar no es la verdadera Iglesia Católica.

De hecho, la prerrogativa de la infalibilidad de la Iglesia, es uno de los argumentos más fuerte contra la iglesia modernista  del Concilio Vaticano II.

Los atributos o propiedades en la Iglesia Católica son tres: la infalibilidad, la indefectibilidad y la autoridad. Estas son inherentes en la misma naturaleza de la Iglesia Católica y no pueden separarse de ella.

INFALIBILIDAD DE LA IGLESIA

La palabra Infalible en general, significa poseer el privilegio de no poder engañarse ni engañar a otros en lo que se les enseña; y tratándose de la Iglesia, equivale a no poder alterar la doctrina de Jesucristo, ni equivocarse sobre el verdadero sentido de lo que el divino Maestro ha enseñado, ordenado o prohibido.

Sólo Dios es infalible por naturaleza, pero puede, con una asistencia especial, hacer infalibles a aquellos a quienes ha encargo enseñar en su nombre. Es por eso que se dice que: “La infalibilidad es la gracia de estado que preserva a la Iglesia de todo error”.

La Iglesia docente, es infalible, porque no puede equivocarse cuando enseña las verdades que hay que creer, los deberes que hay que cumplir y el culto que hay que rendirle a Dios.

Nuestro Señor Jesucristo dijo a San Pedro y a los Apóstoles: “Id, pues a enseñad a todas las gentes” “Enseñándoles a observar todo cuanto Yo os he mandado. Yo estoy con vosotros todos los días, hasta la consumación de los siglos” (Mat., XXVIII. 19-20).Jesús lo ha dicho expresamente: “El Espíritu Santo os lo enseñará todo y os recordará cuanto os tengo dicho” (Jn., XIV, 26). Con estas palabras, Jesucristo prometió a sus apóstoles hasta el fin del mundo, su asistencia particular en el ejercicio de su enseñanza; y esta asistencia divina trae consigo la infalibilidad.

Por lo mismo estamos obligados a escuchar a la Iglesia como a Jesucristo, Él mismo no lo dice cuando envió a enseñar a los Apóstoles: “El que a vosotros oye a Mí me oye; y el que vosotros desprecia a Mí me desprecia” (Lc., X, 16). “El que creyere y fuere bautizado se salvará; más el que no creyere se condenará” (Mc., XVI, 16).

Así pues, queda fuera de duda que los Apóstoles, serían sus representantes, debiendo ser otros Cristos. No era menos cierto que éstos debían enseñar lo mismo que Jesús enseñó, sin error, alguno, de lo contrario, no hubiéramos sido obligados a dar fe a sus palabras bajo intimación de una pena tan grave.

Así sabían los apóstoles que contaban con la asistencia divina, y por eso, no enseñaban a manera de quien aconseja, sino con términos enérgicos y con autoridad: “Aun cuando un Ángel del cielo os anunciara un Evangelio diverso del que nosotros os hemos predicado, ¡sea anatema! (S. Pablo, Gal., I, 8). Y los Apóstoles reunidos en Jerusalén se expresaron así: “Porque ha parecido bien al Espíritu Santo y a nosotros” (Hechos, XV, 28).

Es por eso, que la infalibilidad es necesaria a la Iglesia para ejercer su misión. Ya que es la madre de los cristianos, y debe poder alimentarlos con el pan de la verdad, sin exponerse a propinarles el veneno del error.

LA INFALIBILIDAD NO CONSISTE: 1º. En ser preservado del pecado; 2º. Ni en recibir una nueva revelación; 3º. Ni en descubrir nuevas verdades; 4º. Ni en conocer lo futuro como los profetas.

La infalibilidad es para la Iglesia el privilegio de no poder enseñar el error, cuando propone a los fieles la doctrina de Jesucristo. Este privilegio no es originado por la experiencia ni la ciencia de los pastores de la Iglesia, sino por la asistencia especial del Espíritu Santo.

EL OBJETO DE LA INFALIBILIDAD DE LA IGLESIA.

El objeto de la infalibilidad está claramente determinado por el fin para el cual ha recibido la Iglesia este privilegio. Ella no está encargada de enseñar a los hombres todo aquello que les pueda interesar, sino solamente las cosas útiles para la salvación eterna. Todo lo que se refiere a la fe o a las costumbres es el círculo de su autoridad infalible

El objeto de la infalibilidad comprende: 

1º Todas la verdades reveladas contenidas en la Sagrada Escritura y en la Tradición.

2º Todas las verdades necesarias ligadas con la revelación.

3º Las cuestiones de ciencia humana que se relacionan inmediatamente con el dogma o con la moral.

4º La condenación de los errores contarios a la doctrina de Jesucristo

5º Todo lo tocante a la disciplina general, la aprobación de las órdenes religiosas, la canonización de los santos, etc.

La infalibilidad misma nos da la seguridad de que la Iglesia no saldrá de esos límites. Luego las ciencias humanas no tienen nada que temer por su independencia, mientras permanezcan dentro de su esfera propia. La Iglesia, pues, enseña simplemente todo lo que hay que creer y hacer para ir al cielo. Y con ello, alimenta las almas con el pan de la doctrina y las preserva del veneno del error.

Hasta aquí, hemos expuesto de una manera general, todo lo relacionado con la Infalibilidad de la Iglesia.

A continuación vamos a extractar una parte de un artículo de Mons. Marco Antonio Pivarunas, titulado “La infalibilidad de la Iglesia Católica”mismo que publicó en Pentecostés, de 1996. (en este artículo sólo se han actualizado algunos datos debido a fecha en que fue escrito).

En este escrito Mons. Pivarunas, expone en lo general lo que enseña la Iglesia y el Concilio Vaticano I,  acerca del dogma de la Infalibilidad de la Iglesia y Papal, pero haciendo hincapié en la infalibilidad del Magisterio Docente.

En este estudio acerca de la Infalibilidad de la Iglesia, el Obispo Pivarunas de una manera contundente demuestra que la Iglesia Modernista conciliar del vaticano II no es la verdadera Iglesia Católica.

Nos dice Mons. Pivarunas, que el atributo de la infalibilidad significa la inhabilidad e imposibilidad de que el Magisterio Docente yerre cuando enseña a la Iglesia universal sobre materias de fe y de moral. Como el Primer Concilio Vaticano enseñó:“Además, por fe divina y católica, debe creerse todo cuanto se contiene en la palabra escrita de Dios, o en la tradición, y que sea propuesto por la Iglesia como objeto de creencia divinamente revelado, ya sea por decreto solemne o en su enseñanza ordinaria y universal.”

Los posesores de la infalibilidad son: a) el Papa (el Papa es infalible cuando habla ex cathedra),b) el Episcopado entero (la totalidad de obispos es infalible cuando proponen una enseñanza de fe o de moral para creencia de todos los fieles, ya sea en asamblea en un concilio general o esparcidos por toda la tierra).

Muchos ya están familiarizados con el concepto de la infalibilidad en los pronunciamientos ex cathedra del Papa y también en los decreto de un Concilio Ecuménico, pero no lo están con el concepto de la infalibilidad en “el magisterio ordinario y universal de la Iglesia.”

¿Qué es el magisterio ordinario y universal?

Para una respuesta clara y concisa, leemos en Los Fundamentales del Dogma Católico, por el Dr. Ludwig Ott:“Los obispos ejercen su poder de enseñanza infalible de manera ordinaria cuando, en sus diócesis, en unión moral con el Papa, promulgan unánimemente las mismas enseñanzas sobre la fe y la moral. El Concilio Vaticano declaró expresamente que también las verdades de la Revelación propuestas como tales por el oficio docente de la Iglesia, ordinario y general, deben creerse firmemente con ‘fe divina y católica’ (D. 1972).

“Mas los titulares del oficio docente de la Iglesia, ordinario y general, son los miembros de todo el episcopado esparcidos por toda la tierra. El acuerdo de los obispos en doctrina puede determinarse por los catecismos que publiquen, por sus cartas pastorales, por los libros de oración que aprueben, y por las resoluciones de los sínodos particulares. Un acuerdo moral general basta, pero en esto el asentimiento del Papa, como Cabeza Suprema del Episcopado, ya sea expreso o tácito, es esencial.”

El objeto de la infalibilidad de la Iglesia es doble:

a) El objeto primario de la infalibilidad de la Iglesia son las verdades formalmente reveladas de la doctrina cristiana concerniente a la fe y la moral.

b) El objeto secundario de la infalibilidad de la Iglesia son las verdades de la enseñanza cristiana sobre la fe y la moral, que no están reveladas formalmente, pero sí íntimamente conectadas con la enseñanza de la Revelación.

Incluidos en el objeto secundario de la infalibilidad están los siguientes:1) conclusiones teológicas; 2) hechos dogmáticos; 3) la disciplina general de la Iglesia; 4) la aprobación de órdenes religiosas; 5) la canonización de santos.

¿Por qué deben estas áreas ser objeto de la infalibilidad de la Iglesia?

Una excelente explicación se encuentra en La Iglesia de Cristo, por Monseñor G. Van Noort, S.T.D:“El carisma de la infalibilidad fue conferido sobre la Iglesia a fin de que pudiera piadosamente salvaguardar y explicar con certeza el depósito de la revelación cristiana, pudiendo así ser la maestra en todas las épocas de la verdad y de la vida cristiana.

“Es evidente por las promesas de Cristo que el magisterio, el oficio docente de la Iglesia, fue dotado de la infalibilidad para poder llevar a cabo su misión apropiadamente, esto es, salvaguardar reverentemente, explicar con seguridad y defender efectivamente el depósito de la fe.

“La seguridad del depósito requiere que se ahuyente o elimine efectivamente todo error que pueda oponérsele, aunque sea sólo indirectamente. Esto sería sencillamente imposible sin la infalibilidad en las materias arriba mencionadas.”

Aquí sería bueno para nosotros centrarnos en una explicación más detallada del objeto secundario de la infalibilidad, en el área disciplinaria general de la Iglesia.

De nuevo, leamos de La Iglesia de Cristo, de Van Noort:“La infalibilidad de la Iglesia se extiende a la disciplina general de la Iglesia. Esta proposición es teológicamente cierta. Por el término “disciplina general de la Iglesia” se entiende todas aquellas leyes eclesiásticas aprobadas por la Iglesia universal para la dirección del culto y la vida cristiana.

“La imposición de mandatos pertenece no directamente al oficio docente, sino al oficio gobernante; las leyes disciplinarias son sólo indirectamente objeto de la infalibilidad, i.e., sólo por razón de la decisión doctrinal implícita en ella. Cuando los gobernantes de la Iglesia sancionan una ley, implícitamente hacen un doble juicio: 1. “Esta ley cuadra con la doctrina eclesiástica sobre la fe y la moral”; esto es, no impone nada que esté en conflicto con la sana creencia y los buenos valores. Esto equivale a un decreto doctrinal.”

Prueba: 1. A partir del propósito de la infalibilidad. La Iglesia fue dotada de la infalibilidad para poder salvaguardar la doctrina entera de Cristo y ser una maestra confiable a todos los hombres en la vida cristiana. Pero si la Iglesia pudiera equivocarse en la manera indicada, cuando legisla para la disciplina general, ya no sería ni fiel guardiana de la doctrina revelada ni maestra confiable de la vida cristiana. No sería guardiana de la doctrina revelada, pues la imposición de una ley viciosa sería, de hecho, equivalente a una errónea definición de doctrina; todos naturalmente concluirían que lo que la Iglesia ha ordenado cuadra con la sana doctrina. No sería maestra de la vida cristiana, pues por sus leyes induciría a la corrupción en la práctica de la vida religiosa.

2. A partir de la declaración oficial de la Iglesia, la cual estigmatizó como—al menos errónea—la   hipótesis de que “la Iglesia pudiera establecer disciplinas que fueran peligrosas, dañinas, y conducentes a la superstición y al materialismo”.

“El bien conocido axioma, Lex orandi est lex credendi (La ley de la oración es la ley de la creencia) es una aplicación especial de la doctrina de la infalibilidad de la Iglesia en materia disciplinaria. Este axioma dice en efecto que las fórmulas de oración aprobadas para uso público en la Iglesia universal no pueden contener errores contra la fe o la moral.”

La razón para esta larga explicación acerca de la propiedad de la infalibilidad, es que es el argumento más fuerte contra la iglesia conciliar del Concilio Vaticano II.

Pues, ¿cómo podía la Iglesia Católica enseñar fiel, consistente e infaliblemente la misma fe por más de 1900 años, y de repente proponer, durante el Concilio Vaticano II, las falsas doctrinas previamente condenadas por Papas y Concilios (viz., ecumenismo y libertad religiosa)? ¿Cómo podía la Iglesia Católica continuamente renovar el Sacrificio incruento del Calvario en la Santa Misa, y luego abruptamente sustituirla con un “memorial” luterano de la última Cena? ¿Cómo podía la Iglesia Católica en sus leyes legislar tan firmemente contra la mezcla de credos y la intercomunión, ya que esto fomentaría indiferentismo religioso, y luego inesperadamente abrogar estas leyes y permitir estas acciones?

¿Hemos de suponer que el Espíritu Santo, el Espíritu de Verdad, ha súbitamente cambiado de parecer y permitido contradicciones en materias de Fe, de la Misa, y de sus leyes universales? ¿Hemos de suponer que Cristo repentinamente abandonó a Su Iglesia y la dejó caer en el error y la herejía?

Aún así, es precisamente el tema de la infalibilidad que divide hasta a los que se llaman católicos tradicionales. Algunos católicos tradicionales rechazan los errores del falso ecumenismo y de la libertad religiosa del Segundo Concilio Vaticano, el nuevo memorial protestante de la Última Cena — el Novus Ordo Missae— y las herejías del Nuevo Código de Derecho Canónico (1983), pero insisten todavía que los mismos autores de estos errores son los representantes de Cristo aquí en la tierra. En realidad, dicen que el Magisterio Viviente de la Iglesia ha errado y llevado a la mayoría de los católicos al error, y que además continúa errando. Tal conclusión no es más que la negación de la infalibilidad de la Iglesia.

No puede haber duda de que la iglesia conciliar ha errado. No solamente en la conclusión del Concilio Vaticano II, en 1965, sino también en los últimos cuarenta y ocho años de su magisterio universal y ordinario. ¡Más claro no se puede — esta iglesia conciliar no es la Iglesia Católica!

Como enseñó el Papa León XIII en Satis Cognitum:“Si el magisterio viviente pudiera de alguna forma equivocarseseguiría una evidente contradicción, pues entonces Dios sería el autor del error.”

Y también el Primer Concilio Vaticano (1870), en la constitución dogmática, Pastor Aeternus, reafirmó la enseñanza del Cuarto Concilio de Constantinopla:

“Y su verdad ha sido probada por el curso de la historia, ya que en la Sede Apostólica la religión Católica siempre se ha mantenido pura, y su enseñanza santa.”

Y de nuevo, en la misma constitución dogmática:

“Ciertamente, esta fue la doctrina apostólica que sostuvieron todos los Padres, y que reverenciaron y siguieron los santos Doctores ortodoxos. Pues claramente comprendieron que esta Sede de San Pedro siempre permanece sin mancha de error…”

Para aquéllos que continúan “sin escoger partido” — caminando con un pie en el movimiento tradicional y el otro en la Iglesia conciliar — enfrenten la realidad: hoy existen dos iglesias diferentes, la Iglesia Católica y la Iglesia conciliar. Está la Iglesia Católica, la cual posee el atributo de la infalibilidad, y está la iglesia conciliar, que no la tiene.

En esta fiesta de Pentecostés, llamemos al Espíritu Santo para que Su don del Entendimiento nos guíe en estos tiempos profetizados por San Pablo en su Segunda Epístola a los Tesalonicenses:

“Hermanos, que nadie os engañe en ninguna manera; porque el día del Señor no vendrá sin que antes venga la apostasía… y se manifieste el hombre de pecado… que se sienta en el templo de Dios como Dios, haciéndose pasar por Dios.”

Hasta aquí, el claro y magnifico escrito de Mons. Pivarunas.

Por último, apelo a la sensatez del simple y sencillo católico, para que analice y reflexione en todo lo concerniente a esta prerrogativa y propiedad de la verdadera Iglesia Católica, cual es la Infalibilidad.

Para la elaboración de este escrito, se tomo como base, los Libros: “La Religión Demostrada”P. A. Hillaire; “Curso de Apologética Cristiana” de P. G. Devivier, S. J.; “Teología Fundamental” de los Jesuitas F. De B. Vizmanos, S. J. E Ignacio Riudor; y el Art., “La Infalibilidad de la Iglesia Católica” de Mons. Marco Antonio Pivarunas publicado en 1996.

Mons. Martin Davila Gandara